El RDL 16/2020 incluye como medidas organizativas en los juzgados durante el estado de alarma los actos procesales de forma telemática y turnos de mañana y tarde para todo el personal de la Administración de Justicia. También figuran otras medidas como la dispensa en la utilización de togas o la atención telefónica y por correo electrónico al público en sedes judiciales.
La vigencia de estas medidas será, salvo excepciones, mientras dure el estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización
Referente a los actos procesales de forma telemática, se realizarán siempre que se tengan los medios técnicos necesarios para ello. Excepto en el ámbito penal, ya que será necesaria la presencia física del acusado en los juicios por delito grave.
Por otro lado, las deliberaciones de los tribunales se desarrollarán de forma telemática también cuando se cuente con los medios técnicos necesarios para ello.
En cuanto a la jornada laboral, los Letrados de la Administración de Justicia y el resto de personal al servicio de la Administración de Justicia, será tanto por la mañana como por la tarde para todos los servicios y órganos jurisdiccionales.